Vivir Seguros evalúa préstamos subordinados por hasta US$30 millones para fortalecer su patrimonio
La Junta Universal aprobó la operación, que estará sujeta a la opinión favorable previa de la SBS y permitirá reforzar el Patrimonio Efectivo y la solidez financiera de largo plazo.

31 agosto, 2026 / 3:46 pm
Vivir Seguros Compañía de Seguros de Vida S.A. informó a la Superintendencia del Mercado de Valores (SMV) que su Junta Universal, realizada el 31 de agosto de 2026, aprobó la posibilidad de contratar uno o varios préstamos subordinados a nombre de la sociedad.
La decisión tiene como finalidad fortalecer el Patrimonio Efectivo de la compañía y contribuir a asegurar su solidez financiera en el largo plazo. Sin embargo, el acuerdo no implica que los préstamos hayan sido contratados de manera inmediata, ya que su ejecución está sujeta a una condición suspensiva: obtener previamente la opinión favorable de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS).
La compañía precisó que esta condición deberá cumplirse de acuerdo con las disposiciones de la Resolución SBS N°855-2024, que establece el marco aplicable para este tipo de operaciones y su eventual consideración dentro del Patrimonio Efectivo de las empresas supervisadas.
Hasta US$30 millones de financiamiento
Como parte de los acuerdos adoptados, la Junta Universal estableció que el monto máximo que podrá contratarse mediante estos préstamos subordinados será de hasta US$30 millones, o su equivalente en soles.
En caso de que la operación sea denominada en moneda nacional, la conversión se realizará utilizando el tipo de cambio SBS correspondiente a la fecha de suscripción del contrato respectivo.
El límite aprobado constituye un monto máximo y no significa necesariamente que Vivir Seguros vaya a contratar la totalidad de los US$30 millones. La estructura final dependerá de las necesidades de la compañía, de las condiciones que se negocien y de las autorizaciones regulatorias correspondientes.
El objetivo central es que los recursos obtenidos puedan ser reconocidos, de acuerdo con las normas aplicables, como parte del Patrimonio Efectivo de la aseguradora, reforzando así su capacidad financiera.
Directorio definirá condiciones de los préstamos
La Junta Universal acordó delegar en el Directorio de Vivir Seguros la facultad de determinar las características, términos, condiciones y demás estipulaciones que correspondan a cada uno de los préstamos subordinados.
Esto incluye definir la oportunidad en que se contratarán las operaciones, su estructuración y los términos específicos de cada financiamiento.
El Directorio deberá, además, velar por que los préstamos cumplan con todos los requisitos legales y regulatorios necesarios para que puedan ser computados como Patrimonio Efectivo de la sociedad.
De esta manera, la aprobación de la Junta establece el marco para que la administración pueda estructurar las operaciones, pero deja en manos del Directorio las decisiones específicas sobre cómo y cuándo se concretarán.
Operación requiere opinión favorable de la SBS
Uno de los aspectos centrales de la decisión es que la contratación de los préstamos subordinados se encuentra condicionada a la obtención de la opinión favorable previa de la SBS.
Por ello, Vivir Seguros deberá realizar las gestiones correspondientes ante el organismo supervisor antes de proceder con la formalización y ejecución de las operaciones.
La Junta también autorizó a los representantes legales de la compañía para realizar todos los trámites necesarios ante la SBS y suscribir la documentación requerida para obtener la aprobación, formalizar los préstamos y ejecutar los acuerdos adoptados.
La participación del regulador resulta relevante debido a que los préstamos subordinados pueden tener un tratamiento específico dentro de la estructura de capital de las empresas del sistema financiero y asegurador, siempre que cumplan las condiciones establecidas por la regulación.
Facultades para formalizar las operaciones
Además de delegar facultades al Directorio, la Junta Universal autorizó que este órgano pueda, a su vez, delegar o designar al gerente general, apoderados u otras personas que considere convenientes para ejecutar los acuerdos.
Los representantes designados podrán suscribir los contratos de préstamo subordinado y todos los documentos necesarios para concretar las operaciones.
Entre estos documentos se incluyen minutas, escrituras públicas, adendas y cualquier otro instrumento público o privado que resulte necesario para la formalización de los financiamientos.
Una herramienta para reforzar la solvencia
La decisión de Vivir Seguros se enmarca en una estrategia de fortalecimiento patrimonial, al establecer una alternativa para incorporar recursos que, sujeto al cumplimiento de los requisitos regulatorios, puedan contribuir a incrementar su Patrimonio Efectivo.
En términos financieros, contar con una mayor base patrimonial permite a una aseguradora disponer de un mayor respaldo frente a sus obligaciones y mantener una posición más sólida para enfrentar sus necesidades de crecimiento y los riesgos propios de su actividad.
Los préstamos subordinados se diferencian de un financiamiento convencional por las condiciones específicas que deben cumplir para efectos regulatorios y por su posición dentro de la estructura de obligaciones de la entidad. Precisamente por ello, su reconocimiento como Patrimonio Efectivo está sujeto al cumplimiento de las disposiciones establecidas por el regulador.
El acuerdo adoptado por Vivir Seguros representa, por tanto, una autorización para explorar y eventualmente ejecutar esta fuente de fortalecimiento patrimonial, con un límite de hasta US$30 millones.
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