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SMV modifica normas para Prevención del Lavado de Activos

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Redacción digital

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30 mayo, 2018 / 4:06 pm

La SMV mediante resolución de Superintendente N° 073-2018-SMV/02 modificó las normas para la Prevención del Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo, aprobado por Resolución CONASEV N° 033-2011-EF/94.01.1, norma que estuvo en consulta ciudadana hasta el 27 de mayo último, y que entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano.

Esta modificación tiene por finalidad cumplir con los estándares del Grupo de Acción Financiera (GAFI), organismo intergubernamental que agrupa a 35 países y que tiene por objetivo promover medidas legales, reglamentarias y operativas para combatir el lavado de activos, el financiamiento del terrorismo y otras amenazas a la integridad del sistema financiero.

De esta manera, la norma recoge lineamientos básicos para un mejor entendimiento de los riesgos del lavado de activos y el financiamiento del terrorismo a los que se encuentran expuestos los sujetos obligados bajos supervisión, que se detallan en la norma y que son aquellos a los que la SMV otorga autorización de funcionamiento.

Entre los aspectos desarrollados destacan los vinculados con el reforzamiento de la debida diligencia a ser realizada por el sujeto obligado para conocer a su cliente, así como la evaluación en el uso de la corresponsalía transfronteriza, nuevas tecnologías y evaluación de los riesgos que deben efectuarse antes del lanzamiento de los nuevos productos y prácticas comerciales.

Adicionalmente, en coordinación con la UIF-Perú y considerando el marco legal vigente aprobado por la Superintendencia de Banca y Seguros, mediante Resolución SBS N°2660-2015 y sus modificatoria, se han realizado algunas precisiones con el fin de armonizar las disposiciones que deberán cumplir los sujetos obligados supervisados por la SMV con las de los sujetos obligados bajo la competencia de la SBS, en lo que resulte aplicable.