BCRP mantuvo la tasa de interés de referencia en 2,25%

13 Febrero, 2020 / 6:35 pm

El Directorio del Banco Central de Reserva del Perú acordó mantener la tasa de interés de referencia en 2,25 por ciento, tomando en cuenta que se proyecta que la tasa de inflación anual se ubique alrededor de 2,0 por ciento en el horizonte de proyección, con un moderado sesgo a la baja por la posibilidad de un crecimiento de la demanda interna menor al esperado.
Asimismo, el hecho que la inflación de enero fue 0,05 por ciento, con lo cual la tasa interanual se mantuvo en 1,9 por ciento en enero de 2020. También, la tasa mensual de inflación sin alimentos y energía fue 0,07 por ciento, con lo cual la tasa interanual se mantuvo también en 2,3 por ciento.
El ente emisor indicó que las expectativas de inflación a doce meses se redujeron de 2,23 a 2,05 por ciento en enero.
La actividad económica de los sectores primarios y la inversión pública han tenido un desempeño negativo en 2019, lo cual ha sido atenuado por la actividad de los sectores no primarios. En enero la inversión pública se elevó y los indicadores de actividad económica continúan señalando un cierre gradual de la brecha de producto, al mismo tiempo que las expectativas empresariales se recuperaron respecto a diciembre.
Los riesgos respecto a la actividad económica mundial por las tensiones comerciales se han atenuado, aunque el impacto del coronavirus es aún incierto.
El Directorio señala que se encuentra atento a la nueva información sobre la inflación y sus determinantes, para evaluar ajustes a la posición de política monetaria.
En la misma sesión, el Directorio acordó mantener las tasas de interés de las operaciones activas y pasivas en moneda nacional del BCRP con el sistema financiero efectuadas fuera de subasta.
i. Depósitos overnight: 1,00 por ciento anual.
ii. Operaciones de reporte directa de títulos valores y de monedas; y de créditos de regulación monetaria: i) 2,80 por ciento anual para las primeras 10 operaciones en los últimos 12 meses que una entidad financiera realice; y ii) la tasa de interés que fije el Comité de Operaciones Monetarias y Cambiarias para las operaciones adicionales a las 10 operaciones en los últimos 12 meses.
iii. Compra temporal de dólares (swap): una comisión equivalente a un costo efectivo anual mínimo de 2,80 por ciento.
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