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Nuevas afiliaciones a las AFP crecieron 34% el 2021, pero el fondo administrado cayó 19%

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Redacción digital

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23 marzo, 2022 / 7:24 am

Durante el 2021, la AFP que continuó con la afiliación exclusiva de nuevos trabajadores al Sistema Privado de Pensiones fue AFP Integra, ganadora de la quinta licitación (junio 2021 – mayo 2023).

Para el año 2021, las nuevas afiliaciones al Sistema Privado de Pensiones (SPP) sumaron un total de 495 mil incorporaciones (con un promedio de afiliación mensual de 41.3mil), cifra que representó un 34.1% mayor respecto al año anterior.

 

Afiliados Activos

Respecto al total de afiliados del SPP, el 2021 cerró con 8,251,977 afiliados activos, lo que significa un crecimiento de 6.1% respecto del año anterior.

 

Fondo de Pensiones

Durante el 2021 los fondos de pensiones se vieron afectados nuevamente por un otro retiro aprobado por el Congreso de la República, Ley 31192 que autorizaba de manera extraordinaria a todos los afiliados al SPP a retirar de manera facultativa hasta 4 UIT del total de sus fondos acumulados en su Cuenta Individual de Capitalización, cerrando el año con S/ 131,918 millones, presentando una caída de 19.2% con respecto al cierre del 2020. El mayor impacto se ve en los fondos 1 y 2, con decrecimientos de 21.5% y 22.3% respectivamente. En cuanto al fondo 0, este presentó un crecimiento de 17.0%, según la Memoria del 2021 de la AFP Habitat.

 

Normas

De otro lado, continuando con las disposiciones legislativas que habilitaron el retiro extraordinario de fondos de pensiones durante el año 2020, el 07 de mayo de 2021 se publicó la Ley N° 31192, “Ley que faculta a los afiliados al sistema privado de administración de fondos de pensiones el retiro de sus fondos”, como medida para mitigar el impacto social y económico negativo de la pandemia por la COVID-19 en las familias peruanas. Bajo este retiro aprobado, se dispuso a autorizar de manera extraordinaria a todos los afiliados al SPP a retirar de manera facultativa hasta un monto equivalente a cuatro Unidades Impositivias Tributarias (UIT), es decir S/ 17,600, de sus cuentas individuales de capitalización (CIC), no siendo aplicable a quienes califiquen para acceder al Régimen de Jubilación Anticipada por Desempleo (REJA).

 

Durante el 2021 el Congreso de la República también participó en la emisión de normas relacionadas con el SPP. Así, con fecha 06 de julio de 2021 publicó la Ley N° 31332 “Ley que uniformiza la edad para acceder a la jubilación anticipada en el sistema privado de pensiones”, norma que modificó el artículo 42 del Texto Único Ordenado de la Ley del Sistema Privado de Pensiones, respecto del Régimen de Jubilación Anticipada – REJA, estableciendo que procede la jubilación cuando el afiliado mayor de 50 años así lo disponga, siempre que obtenga una pensión igual o superior al 40% del promedio de las remuneraciones percibidas y rentas declaradas durante los últimos 120 meses, debidamente actualizadas deduciendo las gratificaciones, no siendo considerados para el cálculo de pensión los aportes voluntarios con fin previsional o sin fin previsional que excedan el 20% de la CIC de aportes obligatorios con una permanencia menor a nueve (09) meses en la CIC.

Asimismo, se indicó que la jubilación anticipada daría derecho a la redención del Bono de Reconocimiento a los dos años siguientes de su acogimiento o cuando el afiliado cumpla 65 años, lo que suceda primero, aun cuando se hayan agotado con anterioridad los fondos de la cuenta individual de capitalización del afiliado y previa información de la administradora privada de fondos de pensiones (AFP) de los afiliados calificados para acceder a este régimen.

En línea con la ley emitida por el poder legislativo, con fecha 21 de agosto de 2021 la SBS emitió la Resolución SBS N° 2455-2021, normativa que modificó distintas normas operativas para facilitar la aplicación de las disposiciones de la Ley N° 31332 que uniformizó la edad para el acceso al REJA.