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BCRP reglamenta el servicio de pago con códigos QR

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Redacción digital

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4 febrero, 2020 / 7:19 am

Para fomentar la eficiencia y seguridad del Servicio de Pago con Códigos QR, el Directorio del Banco Central de Reserva del Perú aprobó el establecer el estándar del Código QR para pagos y promover la Interoperabilidad, el acceso, la transparencia de la información y la adecuada administración de riesgos.

Los Códigos de Respuesta Rápida (QR) y las Billeteras Digitales son innovaciones tecnológicas en pagos que han promovido en varios países con baja bancarización que los medianos y pequeños Comercios y sus Consumidores hayan sido incluidos en los servicios de pago digitales.

 

Estándar

La norma del BCRP señala que para realizar transferencias de fondos o pagos con Códigos QR, los emisores o proveedores de dichos códigos deben observar el estándar internacional EMV® QR Code Specifi cation for Payment Systems presentado por el Comercio (EMV QRCPS), emitido por la Organización EMVCo, en la versión 1.0 de julio de 2017 y sus modifi catorias, para Códigos QR estáticos y dinámicos.

Asimismo, la información contenida en el Código QR identifi cará a un único Comercio e incluirá la información que requiera el estándar para que la transferencia de fondos o pago llegue a la cuenta de dicho Comercio a través de las Redes de Pago.

 

Principios

Las entidades que participan en el Servicio de Pago con Códigos QR deben contar con:

. Procedimientos, reglamentos y contratos consistentes con las normas y regulaciones vigentes.

. Políticas y procedimientos documentados de buen gobierno, que le proporcionen lineamientos claros
y directos de gestión, responsabilidad y rendición de cuentas.

. Políticas, procedimientos y sistemas de gestión de riesgos que le permitan identificar, medir, monitorear y gestionar los riesgos que surjan o que asuma.

. Mecanismos que aseguren la finalización eficiente y oportuna de la liquidación de fondos en cuentas en la misma entidad o en otra Red de Pago.

. Procedimientos relativos a incumplimientos de pago, entre otros.

Obligaciones

Los Proveedores de Códigos QR y los Proveedores de Billeteras deben contar con:

. Un Reglamento Operativo que contenga como mínimo con la definición, funcionalidad y características de los servicios que brinda; las obligaciones y derechos de las partes, entre otre otros requisitos.

. Un documento de administración de riesgos que contenga, como mínimo, la identificación de las principales fuentes internas y externas de riesgo operacional que puedan afectar la disponibilidad o continuidad del servicio; así como las medidas y controles adoptados para minimizarlas o evitarlas.

. Un reporte de incidentes que contenga la descripción de los incidentes, su análisis y las medidas adoptadas para mitigarlos.

d. Reporte de pruebas periódicas de continuidad de operaciones (pruebas de estrés u otras relevantes), al menos una vez al año.

. Un plan de divulgación al público de las características del servicio, los mecanismos de acceso y de las tarifas o comisiones de los servicios individuales que ofrezca, a través de su página web u otro medio que se considere relevante.

Registro

Los Proveedores de Billeteras Digitales y Proveedores de Códigos QR deben inscribirse en el Registro creado por el BCRP en un plazo máximo de noventa (90) días de publicada la presente Circular. Las nuevas empresas deben registrase al menos noventa (90) días antes de iniciar sus operaciones.