SBS publicó reglamento para la gestión de riesgo de mercado
26 diciembre, 2017 / 12:49 pm
La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) publicó el Reglamento para la Gestión del Riesgo de Mercado, el cual podría generarse por la posibilidad de pérdidas en posiciones dentro y fuera de balance derivadas de fluctuaciones de los precios de mercado. Dicha medida será aplicable a las empresas del sistema financiero.
El Reglamento contiene disposiciones referidas a la responsabilidad del directorio y la gerencia respecto a la gestión de riesgo de mercado, a las funciones y responsabilidades del comité de riesgos de mercado y de la unidad de riesgos de mercado o de quien realice dicha función, al establecimiento de límites internos para controlar la exposición al riesgo de mercado, a la valorización de posiciones, a la diligencia en la negociación, así como al requerimiento de disponer sistemas de información y herramientas informáticas adecuadas para la gestión del riesgo de mercado, entre otras. Estas disposiciones resultan aplicables a todas las empresas del sistema financiero.
En cuanto a las empresas bancarias, a los bancos de inversión, al Banco de la Nación, a AGROBANCO, a COFIDE, al Fondo MIVIVIENDA y a otras empresas que la Superintendencia determine, en función a su nivel de exposición al riesgo de mercado, se les requiere adicionalmente contar con modelos para la medición de riesgo de mercado, efectuar pruebas de estrés y pruebas retrospectivas, así como contar con planes de contingencia de riesgo de mercado.
La norma refuerza los lineamientos actualmente vigentes sobre gestión del riesgo de mercado en las empresas del sistema financiero, en línea con los nuevos estándares internacionales y con los desarrollos recientes sobre la materia.
Este Reglamento que entrará en vigencia el 1 de junio de 2018, es consistente con el Reglamento de Gobierno Corporativo y de la Gestión Integral de Riesgos (Resolución SBS N° 272-2017), y unifica las siguientes normas que serán derogadas a partir de la referida fecha: Reglamento para la Supervisión de los Riesgos de Mercado (Resolución SBS Nº 509-98) y Reglamento para la Administración de Riesgo Cambiario (Resolución SBS N° 1455-2003).
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