SBS implementa medidas extraordinarias para mitigar impactos de séptimo retiro de AFP
La nueva resolución permite a las AFP flexibilizar inversiones y operaciones financieras para enfrentar la alta demanda de liquidez generada por el séptimo retiro extraordinario de fondos de pensiones.
11 julio, 2024 / 10:01 am
La Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS) ha emitido la Resolución N° 02437-2024, incorporando una disposición transitoria en el Título VI del Compendio de Normas de Superintendencia Reglamentarias del Sistema Privado de Administración de Fondos de Pensiones (SPP). Esta medida busca mitigar los impactos generados por el séptimo retiro extraordinario de fondos de pensiones aprobado por la Ley N° 32002.
El retiro extraordinario facultativo de hasta cuatro Unidades Impositivas Tributarias (UIT), equivalente a 20,600 soles, aprobado por la Ley N° 32002, ha generado una presión significativa sobre las Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (AFP). La necesidad de liquidez para atender estas solicitudes ha forzado a las AFP a vender activos de manera prematura, afectando la composición y desempeño de sus carteras de inversión.
Medidas extraordinarias
Con el fin de mitigar estos efectos, la SBS ha aprobado una serie de medidas extraordinarias en materia de inversiones:
1. Transferencia de Instrumentos de Renta Variable Local: Las AFP podrán transferir acciones desde el fondo tipo 3 hacia los fondos tipo 1 y 2. Esta medida se implementará respetando límites específicos y criterios de composición porcentual.
2. Operaciones de Reporte Bilaterales: Hasta diciembre de 2024, las AFP podrán realizar operaciones de reporte con empresas del sistema financiero sin necesidad de un agente intermediario.
3. Préstamo de Bonos del Gobierno Peruano: Las AFP podrán prestar bonos del gobierno peruano entre los diferentes tipos de fondos hasta diciembre de 2024, ofreciendo títulos de deuda y accionarios como garantía.
4. Flexibilización de Límites de Negociación de Moneda Extranjera: Hasta septiembre de 2024, los excesos a los límites de negociación de operaciones de compra y venta de moneda extranjera no serán imputables.
5. Límites de Inversión por Emisor de Deuda Soberana: Hasta diciembre de 2024, las inversiones en instrumentos de deuda emitidos por Estados con calificación superior a AA- podrán alcanzar hasta el 10% del valor de cada cartera administrada.
6. Operaciones con Derivados: Las AFP podrán adquirir futuros sobre títulos de deuda emitidos por Estados con calificación internacional y futuros sobre equity hasta diciembre de 2024, bajo ciertas condiciones de evaluación y límites establecidos.
Estas medidas se implementarán de acuerdo con los artículos pertinentes de la Ley del SPP, que regulan la responsabilidad fiduciaria de las AFP y la gestión de fondos e inversiones con la diligencia y competencia necesarias. La SBS supervisará el cumplimiento de estas disposiciones para asegurar que las AFP actúen en el mejor interés de sus afiliados.
La SBS enfatizó la importancia de estas medidas para mantener la estabilidad y eficiencia en la gestión de los fondos de pensiones, destacando que se deben tomar acciones proactivas para enfrentar las circunstancias extraordinarias que afectan al sistema.
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